FORMAS DE ACEPTACION DE LA HERENCIA: EXPRESA Y TÁCITA

Existen dos formas de realizar la aceptación de una herencia. Por un lado, la aceptación expresa que es aquella que se produce en documento público o privado en el que se manifiesta tal voluntad, sin que sea válida una aceptación verbal ante testigos.

Por otro lado, se puede dar una aceptación tácita que aparece cuando el llamado lleva a cabo ciertos actos que son concluyentes de que su voluntad es la de aceptar o que no podría llevar a cabo si no fuera heredero, por ejemplo, la cesión total o parcial del ius delationis o la sustracción u ocultación de bienes de la herencia.